¿Qué es una Fusión Predial?

   Una fusión predial o de terrenos consiste en la gestión por la cual se fusionan dos o más predios, estos deben pertenecer a un mismo propietario y colindar entre ellos para formar un predio mayor unificado, además todos los predios deben contar con el nivel de urbanización exigido por la normativa.

         

¿Cuáles son los requisitos para fusionar?

   Los requisitos para fusionar dos terrenos o más, son los siguientes:

  • Ser propietario de los terrenos a fusionar.
  • Cumplir con la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC).
  • Cumplir con la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC).
  • Cumplir con el Plan Regulador Comunal.
  • Debe ser patrocinado por un arquitecto.
  • Otros.
         

¿Qué documentos se necesitan?

Para realizar la solicitud de una fusión de terrenos, se debe adjuntar la siguiente documentación a la solicitud:

  • Formulario respectivo.
  • Certificado de Avalúo Fiscal Desglosado.
  • Declaración propietario.
  • Certificado de informaciones previas (CIP).
  • Patente profesional del arquitecto patrocinante.
  • Planos graficando situación anterior de los predios y propuesta de fusión.
  • Otros.
         

¿Cuáles son los derechos municipales a pagar?

   Los derechos municipales a cobrar por la revisión del plano de fusión será lo que indica el número 9 de la tabla del artículo 130 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC): 1 cuota de ahorro CORVI.

         

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