¿Qué es el informe Sanitario?

   El informe sanitario es un documento que emite la SEREMI de Salud (Secretaría Regional Ministerial de Salud), en el que se acredita que el establecimiento comercial o industrial (excepto para quienes requieren una autorización sanitaria expresa) cumple con las condiciones de seguridad mínimas para funcionar, considerando para ello, las exigencias sanitarias, ambientales y de prevención de riesgos, según la actividad que allí se desarrolla. Una vez realizado todo el procedimiento y habiendo implementado todo lo que la ley nos exige, obtendremos un informe sanitario favorable.

         

¿Para qué sirve?

   Este documento es indispensable para tramitar la patente definitiva, ya sea comercial o industrial, en su municipalidad respectiva. Además usted podrá tener certeza que está cumpliendo con las exigencias de seguridad de su establecimiento, hacia el entorno y con sus trabajadores.   Además, tener este documento le evitará multas, inconvenientes con la autoridad o vecinos, clausuras, entre otros.

 

¿Quiénes pueden solicitarlo?

   Pueden solicitar el informe sanitario las personas naturales o jurídicas que deseen obtener una patente definitiva para una actividad comercial o industrial. Y que cumplan con las siguientes condiciones:

  • El establecimiento debe encontrarse en funcionamiento.
  • El establecimiento debe cumplir con la normativa:
    • sanitaria.
    • ambiental.
    • prevención de riesgos.
  • El establecimiento debe cumplir con la OGUC (Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones).
  • Si se generan residuos industriales sólidos peligrosos se debe presentar un “plan de manejo” según el DS 148/2003 del Ministerio de Salud.
         

¿Cuándo se debe solicitar un informe sanitario?

   Este informe debe solicitarse cuando:

  • Se deba obtener la patente definitiva de un establecimiento en funcionamiento.
  • Ya existe un informe sanitario favorable, pero se ha dado alguna de estas condiciones:
    • Se han generado ampliaciones en el establecimiento.
    • El establecimiento se ha trasladado.
    • Se han modificado las condiciones sanitarias originales del establecimiento.
    • Se ha efectuado un cambio de giro.
    • Se ha modificado el número de trabajadores y/o maquinarias.
       

¿Qué documentos deben presentarse?

   Los documentos generales solicitados son:

  • Plano de planta con:
    • Ubicación de maquinarias.
    • Vecinos colindantes.
  • Boleta servicios sanitarios.
  • Certificado capacitación manejo extintores.
  • Certificado de cotizaciones del seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
  • Certificado instalación eléctrica.
  • Si es ampliación, fotocopia de la resolución favorable anterior.
       

Otros documentos (según actividad económica):

  • Evaluaciones ambientales de los riesgos de la actividad.
  • Número de registro de fuentes fijas.
  • Certificado de operadores competentes de:
    • calderas.
    • autoclaves.
    • equipos que emiten radiaciones ionizantes.
  • Certificado anexo TEC 1 de la SEC (Superintendencia de Electricidad y Combustibles).
  • Certificado de RILES (Residuos Ambientales Líquidos).
  • Certificado de capacitación a trabajadores sobre los riesgos a los que están expuestos y medidas preventivas.
       

¿Cuál es su vigencia?

   La vigencia de un informe sanitario favorable es indefinida, salvo en los siguientes casos:

  • Ampliación del establecimiento.
  • Cambio de giro.
  • Cambio de Número de trabajadores y/o maquinarias.
  •  Traslado.
  • Otros.
       

¿Cuál es el plazo de respuesta de la SEREMI de Salud?

   Los plazos, según la propia SEREMI de Salud, son los siguientes:

  • Visita al establecimiento: 15 días hábiles.
  • Emisión del informe sanitario:  20- 30 días hábiles.
       

   Y así concluímos el artículo, espero que te haya sido de utilidad, ¡Hasta el próximo! Y recuerda, si necesitas alguno de nuestros servicios, puedes contactarnos a:

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