¿Qué es el Coeficiente de Ocupación de los pisos superiores?
La Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC) lo define así:
” “Coeficiente de ocupación de los pisos superiores”: número que multiplicado por la superficie total del predio, descontadas de ésta las áreas declaradas de utilidad pública, fija el máximo de superficie edificada posible de construir en cada uno de los pisos superiores al primero. “
¿Dónde se obtiene?
Este dato está regido por el Plan Regulador de su comuna. Lo conveniente es solicitar un Certificado de Informaciones Previas (CIP) de la propiedad. Este trámite se realiza en la respectiva Dirección de Obras (DOM).
¿Cómo se aplica?
Por ejemplo: si tuviésemos un predio de 200 m² de superficie y nuestro CIP nos indica que el Coeficiente de Ocupación de Pisos superiores es 0,6. Estos valores deberán multiplicarse entre sí para obtener los m² que se puede construir en los pisos superiores:
Importante:
Se debe recordar que este valor indica el total construible máximo por cada piso superior y no el total de los pisos superiores. Además, este valor debe usarse junto a otros datos del CIP y la OGUC, ya que complementados ayudarán a determinar cómo se debe distribuir entre los distintos niveles.
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