Permiso de Demolición, ¿Qué es?
Este es un permiso que se obtiene en la Dirección de Obras Municipal (DOM) respectiva. Nos permite contar con la autorización para poder demoler una edificación de manera parcial o total. Ésto se logra a través del ingreso de un formulario denominado “Solicitud de Autorización de Demolición/Obras Preliminares”. Una vez aprobada esta solicitud, se nos hará entrega de nuestra autorización o permiso de demolición.
¿Quiénes requieren este permiso?
Propietarios o residentes que necesiten demoler:
- edificaciones de manera parcial o total.
- edificaciones para realizar obras nuevas de edificación en el mismo predio (ingreso simulténeo a permisos de edificación).
- edificaciones que posean daño o riesgo de colapso.
- edificaciones ilegales.
¿Qué información requiere el formulario de solicitud?
El formulario respectivo se divide en las siguientes secciones principales:
- 1. Información Predial.
- 2. Declaración Jurada Propietario.
- 3. Datos del Propietario.
- 4. Datos del Profesional Competente.
- 5. Antecedentes Obras Preliminares (si corresponde).
- 6. Antecedentes de Permisos de Demolición.
- 7. Monto a consignar al ingreso (datos a llenar por DOM).
¿Qué documentos deben adjuntarse?
El artículo 5.1.4 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), Numeral 5, junto al formulario respectivo, indican que la solicitud debe ser firmada por el propietario, y acompañarla de los siguientes documentos:
- Declaración simple de dominio del predio.
- Plano emplazamiento edificación existente indicando lo que se demolerá y consignando en el cuadro de superficies lo que se conserva, suscrito por profesional competente.
- Informe del profesional competente, en caso de pareo.
- Presupuesto de la demolición.
- Certificado de Desratización, en caso de la demolición total de la edificación (Servicio de Salud de la zona). Esto, previo al pago de los derechos municipales que correspondan.
- Informe favorable SEREMI MINVU o Consejo Monumentos Nacionales (En caso de inmuebles de conservacion histórica o emplazados en zonas de tal denominación o Monumentos Nacionales).
¿Cuál es el costo de los derechos municipales?
Según el artículo 130° de la LGUC, el pago de derechos municipales corresponderá al 0,5 % del presupuesto.
Te recomendamos…
Que al momento de requerir una demolición lo realices a través de los profesionales y canales legales. Ya que, además de la gestión o el plan de ejecución de la demolición, ésta debe ser realizada por personal calificado. Recordemos que desmantelar o demoler una construcción supone un conocimiento técnico de los elementos constructivos y estructurales, y cómo abordarlos eventualmente. Además de todos los resguardos que deben tomarse hacia los trabajadores, el uso de la maquinaria involucrada, la protección de los deslindes y/o entorno, la correcta extracción y botadero de los escombros en vertederos autorizados, etc. Algunas de estas materias son bastante complejas, por lo que el sentido común podría equivocarse, te recomendamos que no te arriesgues, así evitarás errores y accidentes.
Y así concluímos el artículo, espero que te haya sido de utilidad, ¡Hasta el próximo! Y recuerda, si necesitas alguno de nuestros servicios, puedes contactarnos a:
E – mail : contacto@scsarquitecto.cl
Fono : (+56) 9 2196 4012
Formulario : Click aquí
ARTÍCULOS RELACIONADOS:
Obra Menor, ¿Qué es?
Calificación Técnica, ¿Qué es?
Industrias, ¿Cómo se clasifican?
Estudio de Carga Combustible, ¿Qué es?
OTROS ARTÍCULOS DE INTERÉS:
AUTOCONSTRUCCIÓN, ¿CUÁLES SON SUS RIESGOS?
¿CUÁLES SON LOS BENEFICIOS DE REGULARIZAR MI PROPIEDAD?
¿CUÁLES SON LOS BENEFICIOS DE TRABAJAR CON UN ARQUITECTO?
Si el artículo te fue de utilidad o crees que puede servirle a tus amigos ¡Comparte!