¿Qué es  un Expediente de Accesibilidad?

   El expediente de accesibilidad es el documento técnico, por el cual, se presenta a las Direcciones de Obras Municipales (DOM) el cumplimiento de las exigencias de la normativas de accesibilidad universal en la edificación y/o espacio público. Este expediente debe ser parte del expediente de proyecto, en las solicitudes de permisos de edificación y permisos de loteos. Y debe enmarcarse a lo estipulado en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), modificada por el D.S. 50 (Publicado en el D.O. 04.03.2016).   Su función principal es ser el elemento formal por el cual se logran estandarizar las exigencias de accesibilidad universal, tanto para quién diseña, como para quién fiscaliza.

       

¿Qué compone un expediente de accesibilidad?

   El expediente de accesibilidad se compone de dos documentos técnicos, complementarios entre sí: la planta de accesibilidad y la memoria de accesibilidad.   Ambos documentos deben ser congruentes con los demás documentos y planos que conforman el expediente de proyecto.

   El primer documento, la planta de accesibilidad tiene como función principal dar cuenta de la ruta accesible y las conexiones entre los espacios, demostrando que una personas con discapacidad temporal/permanente podrá recorrer el edificio o espacio público en su mayoría. Este plano debe ser desarrollado sobre el plano de arquitectura, vialidad u otro equivalente, y debe ser claramente identificable en su soporte gráfico.

   El segundo documento, la memoria de accesibilidad tiene como función principal, la de ser donde se describen las zonas y rutas demarcadas en el plano de accesibilidad, como también los elementos que la conforman (artefactos, accesorios, mobiliario, etc.) y todo aspecto normativo, del que no pueda darse cuenta en el primer documento. También se puede incluir información adicional, que vaya más allá de las exigencias de la normativa, que el proyectista estime conveniente.

       

¿Qué aspectos deben considerar las edificaciones?

   Las edificaciones, para poseer una accesibilidad universal, deberán considerar lo siguientes aspectos en el expediente de accesibilidad, resolviéndolos como la ley le indique en cada caso:

  • Área exterior inmediata al acceso del complejo.
  • Estacionamientos exclusivos/accesibles.
  • Puertas de ingreso, indicando:
    • Ancho.
    • Materialidad.
  • Definición e identificación de:
    • Zonas.
    • Áreas.
    • Recintos de atención y uso público.
    • Recorridos principales.
  • Diferencias de nivel mayores a 1 cm.
  • Planos inclinados y rampas.
  • Circulaciones verticales (escaleras, ascensores y otros dispositivos).
  • Mesón de atención y zona de espera.
  • Indicación de ancho de puertas en el recorrido de la ruta accesible.
  • Baños accesibles.
  • Vías de evacuación.
  • Otros.

      

¿Y para los espacios públicos, qué se debe considerar?

   En los espacios públicos, el expediente de accesibilidad deben considerar los siguientes aspectos, y resolverlos según indica la normativa:

  • Tipos de:
    • Zonas.
    • Áreas.
    • Programa.
  • Tipos de cruces en:
    • Vereda.
    • Esquinas.
    • Zarpas cubiertas.
  • Estacionamientos exclusivos/accesibles.
  • Pendientes adecuadas para:
    • Planos inclinados.
    • Rampas.
  • Paisajismo.
  • Mobiliario urbano.
  • Equipamiento urbano.
  • Juegos inclusivos.
  • Semáforos para discapacitados.
  • Señalizaciones verticales de tránsito.
  • Postes de:
    • Alumbrado.
    • Telecomunicaciones.
  • Señalización.
  • Otros.
       

¿Cómo debe presentarse este expediente de accesibilidad?

   El expediente de accesibilidad debe considerar ciertos criterios para cumplir su función informativa, con respecto a cada documento, se recomienda

  • La planta de accesibilidad debe:
    • Ser coherente con el grueso de planos del proyecto.
    • Poseer una escala gráfica adecuada para ser apreciada.
    • Usar la correspondiente simbología que le es exigible.
    • Dar cuenta de la totalidad de los elementos que conforman el proyecto.
    • Incorporar los elementos existentes que a futuro serán demolidos, para tenerlos muy presente.
    • Identificar conexiones entre espacios interiores/exteriores.
    • Otros.
  • La memoria de accesibilidad debe:
    • Poseer un índice.
    • Identificar las distintas zonas del proyecto.
    • Identificar las distintas rutas accesibles.
    • Describir de manera general los distintos espacios que conforman el proyecto.
    • Incluir una nomenclatura y glosario.
    • Incluir detalles de arquitectura de importancia.
    • Imágenes que complementen la información (artefactos, accesorios, mobiliario, materiales, etc.)
    • Otros datos que se estimen convenientes.
         

   Y así concluímos el artículo, espero que te haya sido de utilidad, ¡Hasta el próximo! Y recuerda, si necesitas alguno de nuestros servicios, puedes contactarnos a:

E – mail       : contacto@scsarquitecto.cl
Fono            : (+56) 2 3216 3494
Formulario : Click aquí
         
ARTÍCULOS RELACIONADOS:
ACCESIBILIDAD UNIVERSAL, ¿QUÉ ES?
ACCESIBILIDAD UNIVERSAL, ¿CÓMO IMPLEMENTARLA EN EDIFICIOS EXISTENTES?
         
OTROS ARTÍCULOS DE INTERÉS:
AUTOCONSTRUCCIÓN, ¿CUÁLES SON SUS RIESGOS?
¿CUÁLES SON LOS BENEFICIOS DE TRABAJAR CON UN ARQUITECTO?
¿CUÁLES SON LOS BENEFICIOS DE REGULARIZAR MI PROPIEDAD?

         

   Si el artículo te fue de utilidad o crees que puede servirle a tus amigos ¡Comparte!

Recommended Posts

Dejar un comentario

TEXTO ALTERNATIVO